Categorías: Ayudas

SUBVENCIONES PARA LA TRANSFORMACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS

SUBVENCIONES PARA LA TRANSFORMACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS DE EMPRESAS PRIVADAS PRESTATARIAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA, ASÍ COMO DE EMPRESAS QUE REALICEN TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas, que tengan su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia y que sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor en la fecha de solicitud de las ayudas:

  1. a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 t de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
  2. b) Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
  3. c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 t de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
  4. d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
  5. e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 t de masa máxima a la fecha de aprobación del presente real decreto.

Las destinatarias últimas definidas en el apartado anterior podrán recibir ayudas únicamente en relación con la categoría y clase de vehículos asociada a la habilitación que les otorgue la autorización de la que son titulares.

Gastos subvencionables:

  • El achatarramiento de vehículos.
  • La adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.
  • El retrofit o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
  • La implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.
  • La adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

Cuantía:

Las cuantías varían en función de la categoría y clase del vehículo y las actuaciones de cada actividad.

Plazo:

El plazo finaliza el 30 de abril de 2022.

Comparte esta noticia:
Compartir

Entradas recientes

  • Prevencion

SÍNDROME DEL TRABAJADOR QUEMADO, UN PROBLEMA DE SALUD LABORAL

Es innegable que, en la actualidad convivimos en un escenario empresarial dominado por la necesidad de reducción de costes, aumento…

2 semanas hace
  • Noticias Laborales

EL CESE POR ACTIVIDAD DE LOS AUTÓNOMOS

Explicamos las cuestiones más destacadas sobre el cese de actividad de los autónomos y las reclamaciones que están recibiendo estas…

2 semanas hace
  • Ayudas

PROGRAMA CIBERSEGURIDAD

Este Programa tiene como objetivo impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de…

1 mes hace
  • Noticias Laborales

Publicadas las medidas planificadas para la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI

Con vigencia desde el 10-10-2024, se ha publicado el desarrollo de las medidas para la igualdad y la no discriminación…

1 mes hace
  • Prevencion

¿La indemnización por accidente de trabajo tributa?

Cuando una persona trabajadora sufre un accidente laboral o se le diagnostica una enfermedad profesional, es crucial que considere las…

1 mes hace
  • Prevencion

Empleadas del hogar: prevención de riesgos laborales

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LAS PERSONAS EMPLEADAS DE HOGAR Con vigencia desde el 12-9-2024, se ha publicado en el…

2 meses hace