Con el fin de que las personas gallegas puedan vivir y trabajar en su propia tierra, a través de estas ayudas se promueve el autoempleo y la creación de pymes por parte de los gallegos retornados del exterior.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma Gallega:
– Personas gallegas y nacidas en Galicia.
– Cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Además, en el caso de se trate de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia también tienen que cumplir los siguientes requisitos:
En el caso de las personas socias trabajadores de sociedades mercantiles, laborales o cooperativas de trabajo asociado, los requisitos serán:
Quedan excluidos los autónomos colaboradores.
La cuantía de la subvención es de 5.000 € que se incrementará en caso de concurrir en las siguientes situaciones y en los siguientes importes:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 2020.
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