Entidades beneficiarias
Podrán acceder a estas ayudas los trabajadores autónomos y personas jurídicas privadas domiciliadas en Galicia y que desarrollen su actividad en Galicia, que lleven a cabo alguno de los festivales descritos en el objeto de la convocatoria y cumplan las condiciones y criterios establecidos en estas bases.
Para festivales de artes escénicas, podrán presentarse, además, las entidades locales gallegas.
Requisitos
Para optar a estas ayudas los festivales tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Modalidad A (festivales de música):
a) El festival debe celebrarse en las fechas comprendidas entre el 1 de noviembre del año 2021 hasta el 31 de octubre del año 2022. Se entiende incluidos aquellos festivales iniciados hasta el 31 de octubre de 2022 que desarrollen la mayor parte de la actividad en este período.
b) El festival tiene que haber realizado un mínimo de 2 ediciones, excluida la edición objeto de esta convocatoria.
c) El festival tiene que desarrollarse dentro de un único período de quince días; y dos de los días, como mínimo, deben ser consecutivos.
d) El festival tiene que tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 30 % del presupuesto subvencionable.
e) El festival debe programar un mínimo de seis grupos.
f) Un mínimo del 80 % de los conciertos tienen que ser con entradas de pago.
Modalidad B (festivales de artes escénicas):
a) El festival debe celebrarse en las fechas comprendidas entre el 1 de noviembre del año 2021 hasta el 31 de octubre del año 2022. Se entiende incluidos aquellos festivales iniciados hasta el 31 de octubre de 2022 que desarrollen la mayor parte de la actividad en este período.
b) El festival tiene que tener realizado un mínimo de 2 ediciones, excluida la edición objeto de esta convocatoria.
c) El festival tiene que tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 40 % del presupuesto subvencionable.
d) El festival debe programar un mínimo de seis compañías y, en ningún caso, se pueden incluir funciones de la Red Gallega de Teatros y Auditorios.
e) La programación de compañías mayoritariamente compuestas por artistas que desarrollen principalmente su actividad profesional en Galicia debe representar, como mínimo, el 30 % del presupuesto de contratación profesional artística del festival, excepto en el caso de aquellos festivales que por sus características intrínsecas no puedan alcanzar este porcentaje y así se justifique debidamente en la memoria del proyecto.
g) Un mínimo del 60 % de las representaciones escénicas tienen que ser con entradas de pago, excepto los festivales de calle.
En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste del proyecto subvencionado, no aporten valor añadido a su contenido.
Importe de las ayudas
El porcentaje máximo de concesión de subvención no podrá exceder del 30 % de su presupuesto subvencionable en el caso de los festivales de música y del 60 % en el caso de festivales de artes escénicas.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 25 de abril de 2022.