Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para estos programas las entidades gallegas en el exterior inscritas en el Registro de la Galleguidad en cualquiera de las siguientes categorías:
a) Comunidades gallegas.
b) Centros colaboradores de la galleguidad.
c) Federaciones de comunidades y/o entidades.
d) Centros de estudio y difusión de la cultura gallega.
Esta ayuda consta de dos programas:
PROGRAMA A. AYUDAS PARA OBRAS, ADQUISICIÓN DE INSTALACIONES Y CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL.
El objeto de este programa es la concesión de subvenciones a las entidades gallegas en el exterior para contribuir a la financiación de los gastos derivados de las inversiones que realicen en obras de ampliación, reforma, rehabilitación, conservación y restauración, destinadas a la mejora de sus instalaciones y/o patrimonio cultural.
Podrán subvencionarse al amparo de este programa, entre otros, los gastos derivados de:
1. Inversiones que realicen las entidades gallegas propietarias de las instalaciones, en obras que ejecuten para su ampliación, reforma, rehabilitación o conservación. También se considerarán aquellas inversiones para la adquisición de la sede social o de instalaciones, así como los de amortización del crédito concertado, en su caso.
2. Inversiones que realicen las entidades gallegas en obras imprescindibles de rehabilitación, conservación o adaptación de las instalaciones que, aunque no sean propias, utilicen como sede habitual y permanente.
3. Realización del proyecto de obras firmado por un técnico competente y/o expedición de la preceptiva licencia municipal de obras. El importe de estos gastos no podrá superar el 10 % de la totalidad de la inversión proyectada.
4. Inversiones en la restauración de los bienes de interés artístico e histórico, así como de aquellos documentos, fondos o colecciones que conformen el patrimonio bibliográfico y documental titularidad de las entidades gallegas en el exterior, llevadas a cabo por técnicos competentes en cada una de las materias.
El importe máximo de las inversiones del proyecto para el cual se solicite subvención no podrá superar la cuantía de 60.000 euros.
PROGRAMA B. AYUDAS PARA LA MEJORA DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS DE CARÁCTER INVENTARIABLE.
El objeto de este programa es la concesión de subvenciones para financiar la adquisición de dotaciones y equipamientos que mejoren las condiciones en las que se desarrollen las actividades asociativas.
No se concederán subvenciones para la adquisición de equipamientos destinados a los establecimientos hosteleros o de otro tipo cuando tengan un carácter de explotación comercial.
Podrán subvencionarse al amparo de este programa, entre otras, las siguientes inversiones en:
a) Mobiliario y equipamientos materiales que mejoren las condiciones asistenciales, culturales, educativas, de protección contra la COVID-19, etc., en beneficio de sus asociados.
b) Adquisición de aplicaciones informáticas de gestión de las entidades compatibles con la presentación de solicitudes y documentación justificativa para programas de la Xunta de Galicia y con el Registro de la Galleguidad.
c) Equipamientos de materiales tecnológicos, informáticos y de telecomunicaciones.
d) Instrumentos musicales y atuendo tradicional gallego destinado a los grupos de carácter cultural de la entidad.
e) Equipamientos y material para ludotecas destinados a espacios de juego dentro de las instalaciones de las entidades.
f) Otro material inventariable que contribuya a la mejora de las dotaciones y equipamientos de las entidades para la realización de su objeto social.
El importe máximo a conceder en este programa será de 25.000 euros.
Solo podrán ser subvencionados los gastos o proyectos que se vayan a ejecutar en el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2021
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 01/03/2021.