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SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN 2020

En este artículo, os acercamos toda la información sobre las últimas subvenciones a la contratación publicadas para este año 2020.

Las mismas son:

  • PROGRAMA EMPLEA JUVENTUD DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN Y FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES  – TR349T
  • PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS PARADAS DE LARGA DURACIÓN – TR349R
  • PROGRAMA EMPLEA MUJER PARA LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA Y FORMACIÓN DE MUJERES DESEMPLEADAS – TR350A
  • PROGRAMA EMPLEA DISCAPACIDAD Y EXCLUSIÓN DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO CON APOYO – TR342A

A continuación os detallamos cada una de ellas.

PROGRAMA EMPLEA JUVENTUD  DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN Y FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES  – TR349T

BONO DE CONTRATACIÓN

OBJETO:

Esta subvención tiene como finalidad facilitar la inserción laboral de las personas jóvenes menores de 30 años desempleadas que presenten desventajas y dificultades para permanecer en el mercado de trabajo, favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán ser beneficiarias de estos incentivos las empresas cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica.

CONTRATACIONES SUBVENCIONABLES:

Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las siguientes contrataciones a tiempo completo que se celebren desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020:

  • Contrataciones indefinidas iniciales
  • Contrataciones temporales con una duración inicial mínima de 12 meses

REQUISITOS

A consecuencia de la contratación indefinida inicial por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos y el total de la plantilla, respecto a los tres meses anteriores.

A consecuencia de la contratación temporal por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos, respecto a los tres meses anteriores.

CUANTÍAS:

Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 6.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 3.000 €.

EXCLUSIONES:

No serán subvencionables:

  • Contratos para la formación y aprendizaje
  • Contratos realizados con cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad.
  • Las relaciones laborales de carácter especial.
  • Contrataciones realizadas con personas que en los 24 meses anteriores a la fecha de contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos tres meses mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.
  • Las personas que finalicen una relación laboral de carácter indefinida en otra empresa en los tres meses anteriores a la formalización del contrato.

OBLIGACIONES:

Para las contrataciones indefinidas iniciales:

  • Mantener en la plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período de 2 años desde la contratación.
  • Mantener a las personas trabajadoras fijas durante al menos 2 años desde la contratación.

Para las contrataciones temporales:

  • Mantener en su plantilla a la persona trabajadora durante 1 año.

BONO DE FORMACIÓN

Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un bono para la formación de las personas trabajadoras subvencionadas por el programa de bono de contratación previsto anteriormente.

REQUISITOS:

  1. La persona que recibe la formación y tutorización tiene que ser la misma que participa en el programa de contratación.
  2. La formación tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada el 30 de noviembre de 2020.
  3. Deberán desarrollarse a través de medios propios o por medio de su contratación, pudiendo realizarlas tanto en sus instalaciones como en las de la entidad encargada de la formación.

DURACIÓN:

  • Para las contrataciones indefinidas iniciales la duración de la formación tendrá un mínimo de 70 horas.
  • Para las contrataciones temporales la duración de la formación tendrá un mínimo de 50 horas.

CUANTÍAS:

En el caso de las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 4.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 2.000 €

EXCLUSIONES:

  • Se excluye la modalidad de tele formación y a distancia.
  • Queda excluida de este bono, aquella formación que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia la Ley de prevención de riesgos laborales.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo para presentar solicitudes de las ayudas finaliza el 30 de septiembre de 2020.

PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA DE LAS PERSONAS DESEMPLEADAS PARADAS DE LARGA DURACIÓN – TR349R

BONO DE CONTRATACIÓN

OBJETO:

Esta subvención tiene como finalidad facilitar la inserción laboral de las personas paradas de larga duración que presenten desventajas y dificultades para acceder y permanecer en el mercado de trabajo.

Se consideran personas desempleadas de larga duración, todas aquellas personas que figuren inscritas como demandantes de empleo y que carezcan de ocupación, por lo menos, 12 meses durante los 18 meses anteriores a su contratación.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán ser beneficiarias de estos incentivos las empresas cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica.

CONTRATACIONES SUBVENCIONABLES:

Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las siguientes contrataciones a tiempo completo que se celebren desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020:

  • Contrataciones indefinidas iniciales
  • Contrataciones temporales con una duración inicial mínima de 12 meses

REQUISITOS

  • A consecuencia de la contratación indefinida inicial por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos y el total de la plantilla, respecto a los tres meses anteriores.
  • A consecuencia de la contratación temporal por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos, respecto a los tres meses anteriores.

CUANTÍAS:

  • Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 10.000 €.
  • Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 5.000 €.

OBLIGACIONES:

Para las contrataciones indefinidas iniciales y transformaciones de contratos temporales en indefinidos:

  • Mantener en la plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período de 2 años desde la contratación.
  • Mantener a las personas trabajadoras fijas durante al menos 2 años desde la contratación.

Para las contrataciones temporales:

  • Mantener en su plantilla a la persona trabajadora durante 1 año.

BONO DE FORMACIÓN

Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un bono para la formación de las personas trabajadoras subvencionadas por el programa de bono de contratación previsto anteriormente.

REQUISITOS:

  1. La persona que recibe la formación y tutorización tiene que ser la misma que participa en el programa de contratación.
  2. La formación tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada el 30 de noviembre de 2020.
  3. Deberán desarrollarse a través de medios propios o por medio de su contratación, pudiendo realizarlas tanto en sus instalaciones como en las de la entidad encargada de la formación.

DURACIÓN:

  • Para las contrataciones indefinidas iniciales la duración de la formación tendrá un mínimo de 70 horas.
  • Para las contrataciones temporales la duración de la formación tendrá un mínimo de 50 horas.

CUANTÍAS:

En el caso de las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 4.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 2.000 €

EXCLUSIONES:

  • Se excluye la modalidad de tele formación y a distancia.
  • Queda excluida de este bono, aquella formación que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia la Ley de prevención de riesgos laborales.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo para presentar solicitudes de las ayudas finaliza el 30 de septiembre de 2020.

PROGRAMA EMPLEA MUJER PARA LA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA Y FORMACIÓN DE MUJERES DESEMPLEADAS – TR350A

BONO DE CONTRATACIÓN

OBJETO:

Esta subvención tiene como finalidad facilitar la inserción laboral de las mujeres desempleadas que presenten desventajas y dificultades para acceder y permanecer en el mercado de trabajo.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán ser beneficiarias de estos incentivos las empresas cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica.

CONTRATACIONES SUBVENCIONABLES:

Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las siguientes contrataciones a tiempo completo que se celebren desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020:

  • Contrataciones indefinidas iniciales.
  • Contrataciones temporales con una duración inicial mínima de 12 meses.
  • Transformaciones en indefinidos de contratos temporales.
  • Incrementos de jornada hasta conseguir el 100% de la jornada ordinaria.

REQUISITOS

A consecuencia de la contratación indefinida inicial por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos y el total de la plantilla, respecto a los tres meses anteriores.

A consecuencia de la contratación temporal por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos, respecto a los tres meses anteriores.

EXCLUSIONES:

No serán subvencionables:

  • Contratos para la formación y aprendizaje.
  • Contratos realizados con cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad.
  • Las relaciones laborales de carácter especial.
  • Contrataciones realizadas con personas que en los 24 meses anteriores a la fecha de contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos tres meses mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.
  • Las personas que finalicen una relación laboral de carácter indefinida en otra empresa en los tres meses anteriores a la formalización del contrato.

CUANTÍAS:

Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 12.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 6.000 €.

La transformación de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo se incentivarán con una ayuda de 4.000 €.

El incremento de jornada laboral de un contrato indefinido a tiempo parcial a un contrato indefinido a tiempo completo se incentivará con una cuantía de 2.000 €.

OBLIGACIONES:

Para las contrataciones indefinidas iniciales y transformaciones de contratos temporales en indefinidos:

  • Mantener en la plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período de 2 años desde la contratación.
  • Mantener a las personas trabajadoras fijas durante al menos 2 años desde la contratación.

Para las contrataciones temporales:

  • Mantener en su plantilla a la persona trabajadora durante 1 año.

Para el incremento de la jornada:

  • Mantener la nueva jornada de la mujer trabajadora durante 2 años

BONO DE FORMACIÓN

Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un bono para la formación de las personas trabajadoras subvencionadas por el programa de bono de contratación previsto anteriormente.

REQUISITOS:

  1. La persona que recibe la formación y tutorización tiene que ser la misma que participa en el programa de contratación.
  2. La formación tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada el 30 de noviembre de 2020.
  3. Deberán desarrollarse a través de medios propios o por medio de su contratación, pudiendo realizarlas tanto en sus instalaciones como en las de la entidad encargada de la formación.

DURACIÓN:

  • Para las contrataciones indefinidas iniciales la duración de la formación tendrá un mínimo de 70 horas.
  • Para las contrataciones temporales la duración de la formación tendrá un mínimo de 50 horas.

CUANTÍAS:

En el caso de las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 4.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 2.000 €

EXCLUSIONES:

  • Se excluye la modalidad de tele formación y a distancia.
  • Queda excluida de este bono, aquella formación que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia la Ley de prevención de riesgos laborales.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo para presentar solicitudes de las ayudas finaliza el 30 de septiembre de 2020.

PROGRAMA EMPLEA DISCAPACIDAD Y EXCLUSIÓN DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN FORMACIÓN Y EMPLEO CON APOYO – TR342A

BONO DE CONTRATACIÓN

OBJETO:

Esta subvención tiene como finalidad favorecer la contratación de las personas con discapacidad o en situación de riesgo de exclusión social.

Se consideran personas con discapacidad todas aquellas que tengan reconocida un grado de discapacidad en un grado igual o superior al 33 %.

Tendrán la consideración de personas en situación o riesgo de exclusión social las personas perceptoras de la renta de inclusión social de Galicia o miembros de su unidad de convivencia o las personas que tengan el certificado emitido por los servicios sociales acreditativa de dicha situación social.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Podrán ser beneficiarias de estos incentivos las empresas cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica.

CONTRATACIONES SUBVENCIONABLES:

Los incentivos previstos en este programa serán de aplicación a las siguientes contrataciones, a tiempo completo o a tiempo parcial que se celebren desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020:

  • Contrataciones indefinidas iniciales
  • Contrataciones temporales con una duración inicial mínima de 3 meses
  • Transformación del contrato temporal en indefinido

EXCLUSIONES:

No serán subvencionables:

  • Contratos para la formación y aprendizaje.
  • Contratos realizados con cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad.
  • Las relaciones laborales de carácter especial.
  • Contrataciones realizadas con personas que en los 24 meses anteriores a la fecha de contratación prestaran servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato de carácter indefinido o en los últimos tres meses mediante un contrato de carácter indefinido.
  • Contrataciones realizadas con personas que en los últimos 3 meses mediante un contrato de carácter temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, salvo que la nueva contratación sea de carácter indefinido o temporal con una duración inicial mínima de 12 meses.
  • Las personas que finalicen una relación laboral de carácter indefinida en otra empresa en los 3 meses anteriores a la formalización del contrato.

CUANTÍAS:

Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 16.000 €.

  • Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de:
    • 2.000 € si la duración es de 3 meses.
    • 4.000 € si la duración es de 6 meses.
    • 8.000 € si la duración es de 12 meses.
  • La transformación de contratos temporales en indefinidos a tiempo completo se incentivarán con una ayuda de 6.000 €.
  • El incremento de jornada laboral de un contrato indefinido a tiempo parcial a un contrato indefinido a tiempo completo se incentivará con una cuantía de 2.000 €.

OBLIGACIONES:

Para las contrataciones indefinidas iniciales y transformaciones de contratos:

  • Mantener en la plantilla a la persona trabajadora contratada durante un período de 2 años desde la contratación.

Para las contrataciones temporales:

  • Mantener en su plantilla a la persona trabajadora durante el período mínimo que se estipule en el contrato.

REQUISITOS:

A consecuencia de la contratación indefinida inicial por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos y el total de la plantilla, respecto a los tres meses anteriores.

A consecuencia de la contratación temporal por la que se solicita la subvención tiene que incrementarse el nº de trabajadores fijos, respecto a los tres meses anteriores.

BONO DE FORMACIÓN

Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un bono para la formación de las personas trabajadoras subvencionadas por el programa de bono de contratación previsto anteriormente.

REQUISITOS:

  1. La persona que recibe la formación y tutorización tiene que ser la misma que participa en el programa de contratación.
  2. La formación tendrá lugar dentro de los 3 primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizada el 30 de noviembre de 2020.
  3. Deberán desarrollarse a través de medios propios o por medio de su contratación, pudiendo realizarlas tanto en sus instalaciones como en las de la entidad encargada de la formación.
  4. La acción formativa se llevará a cabo dentro de la jornada laboral establecida en el contrato.

DURACIÓN:

  • Para las contrataciones indefinidas iniciales la duración de la formación tendrá un mínimo de 70 horas.
  • Para las contrataciones temporales con una duración mínima de 6 meses, la duración de la formación tendrá un mínimo de 50 horas.

CUANTÍAS:

En el caso de las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 4.000 €.

Las contrataciones temporales se incentivarán con una ayuda de 2.000 €.

EXCLUSIONES:

  • Se excluye la modalidad de tele formación y a distancia.
  • Las contrataciones temporales inferiores a 6 meses.
  • Queda excluida de este bono, aquella formación que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia la Ley de prevención de riesgos laborales.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo para presentar solicitudes de las ayudas finaliza el 30 de septiembre de 2020.

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