Categorías: Ayudas

AYUDAS EXTRAORDINARIAS A LA INDUSTRIA DE LA AUTOMOCIÓN EN GALICIA – LINEA A

Esta ayuda tiene por objeto apoyar a la industria de la automoción gallega, en la transición a la movilidad sostenible a través de la inversión en equipamientos, sistemas u obras y la consultoría sobre la elaboración de proyectos futuros.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas industriales del sector de automoción gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad se desarrolle en el
CNAE 29, en cualquiera de sus subapartados y también aquellas empresas que, no estando dadas de alta en actividades del CNAE 29 sino en actividades industriales genéricas, estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia.

Conceptos subvencionables:

Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar hasta el 16 de diciembre de 2024.

  • Compra de maquinaria o bienes de equipo.
  • Obras de reforma y rehabilitación de naves o espacios productivos.
  • Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).
  • Otras inversiones en activos fijos.

Costes de elaboración de estudios o análisis de transición hacia la movilidad sostenible o cualquier tipo de consultoría estratégica que impulse la competitividad de la empresa, realizados entre el 1 de enero y la fecha de solicitud, o bien pendientes de elaboración (en cuyo caso deberá estar finalizado antes del 16 de diciembre de 2024).
El importe mínimo de coste subvencionable total deberá alcanzar los 100.000 €.
Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser adquiridas en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridas a terceros. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores.
No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas.

Cuantía

Se concederá una ayuda del 70 %, hasta un máximo de 300.000 €, para los costes subvencionables en que haya incurrido la empresa durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el final de las actuaciones propuestas, que no deberá sobrepasar en ningún caso el 16 de diciembre de 2024.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo finaliza el 31 de octubre de 2024.

Comparte esta noticia:
Compartir

Entradas recientes

  • Prevencion

Analizando los riesgos psicosociales en el trabajo

En la reciente entrevista con Manuel Blázquez en OndaCero Radio, se abordó un tema crucial que afecta a millones de…

6 días hace
  • Prevencion

RECLAMACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO: QUÉ ES EL RECARGO DE PRESTACIONES

Lo primero que debemos saber es que el deber de protección de la empresa es incondicionado, y, prácticamente, ilimitado. La…

4 semanas hace
  • Ayudas

BONO ALQUILER JOVEN

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:…

2 meses hace
  • Prevencion

Fallecimiento por accidente de trabajo

Desgraciadamente, cuando hablamos de prevención de riesgos laborales, sabemos que los accidentes laborales no siempre tienen como consecuencia lesiones que…

2 meses hace
  • Ayudas

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO EN ECONOMÍA SOCIAL

Estas ayudas están destinadas al fomento del acceso a la condición de personas socias trabajadoras o de trabajo, de cooperativas…

2 meses hace
  • Ayudas

PROGRAMA INVESTIGO

Estas ayudas están destinadas a la financiación de la contratación de personas jóvenes, de 16 o más años y que…

2 meses hace