AYUDAS EXTRAORDINARIAS A LA INDUSTRIA DE LA AUTOMOCIÓN EN GALICIA – LINEA A


subvenciones sector automocion

Esta ayuda tiene por objeto apoyar a la industria de la automoción gallega, en la transición a la movilidad sostenible a través de la inversión en equipamientos, sistemas u obras y la consultoría sobre la elaboración de proyectos futuros.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas industriales del sector de automoción gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad se desarrolle en el
CNAE 29, en cualquiera de sus subapartados y también aquellas empresas que, no estando dadas de alta en actividades del CNAE 29 sino en actividades industriales genéricas, estén asociadas a la Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia.

Conceptos subvencionables:

Inversión en activos fijos tangibles e intangibles en los que incurra la empresa desde el 1 de enero de 2024 y anteriores a la fecha de solicitud, pudiendo también incluir inversiones a realizar hasta el 16 de diciembre de 2024.

  • Compra de maquinaria o bienes de equipo.
  • Obras de reforma y rehabilitación de naves o espacios productivos.
  • Programas de implantación de soluciones tecnológicas (software y hardware).
  • Otras inversiones en activos fijos.

Costes de elaboración de estudios o análisis de transición hacia la movilidad sostenible o cualquier tipo de consultoría estratégica que impulse la competitividad de la empresa, realizados entre el 1 de enero y la fecha de solicitud, o bien pendientes de elaboración (en cuyo caso deberá estar finalizado antes del 16 de diciembre de 2024).
El importe mínimo de coste subvencionable total deberá alcanzar los 100.000 €.
Las inversiones en activos fijos, materiales o inmateriales, deberán ser adquiridas en propiedad por la persona beneficiaria y deberán ser adquiridas a terceros. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores.
No serán subvencionables en ningún caso impuestos, intereses y gastos financieros, y tasas.

Cuantía

Se concederá una ayuda del 70 %, hasta un máximo de 300.000 €, para los costes subvencionables en que haya incurrido la empresa durante el período subvencionable, que abarca desde el 1 de enero de 2024 hasta el final de las actuaciones propuestas, que no deberá sobrepasar en ningún caso el 16 de diciembre de 2024.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo finaliza el 31 de octubre de 2024.

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