Objeto:
El objetivo de estas ayudas es subvencionar los gastos correspondientes a las competiciones oficiales y entrenamiento deportivo especializado de clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas, secciones deportivas y núcleos de entrenamiento deportivo especializado de Galicia para el desarrollo de actividades deportivas.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios los clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas, así como los núcleos de entrenamiento deportivo especializados gestionados por alguna de las entidades anteriores, inscritos, en todos los casos, en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia.
De igual forma, para ser persona beneficiaria de estas ayudas, es necesario que la entidad esté dada de alta como gestor externo en las siguientes aplicaciones tecnológicas de «promoción de una vida activa y saludable» vinculadas con el plan Galicia Saludable de la Xunta de Galicia:
– Galicia Activa: aplicación de recursos, servicios e instalaciones deportivas en Galicia.
– Plataforma de gestión de planes, programas, actividades y eventos de Galicia Saludable.
No podrán obtener la condición de personas beneficiarias de estas subvenciones:
- Los clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas que hayan sido sancionados por la federación deportiva correspondiente en el año anterior a la convocatoria, cuando la sanción tenga su origen en conductas violentas, racistas, xenófobas o intolerantes provocadas por las personas espectadoras y asistentes.
- Los clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas que discriminen en los premios o reconocimientos que otorguen a las personas deportistas por razón de género.
- Los clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas que no tengan adaptados sus estatutos a la Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, en el momento de la solicitud.
- Los clubes deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas que no tengan actualizados los datos de su junta directiva en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia, en el momento de la solicitud.
Actuaciones subvencionables:
En la línea de actuación I serán subvencionables los gastos derivados de la participación en competiciones de carácter oficial en 2022.
En la línea de actuación II serán subvencionables los gastos corrientes del núcleo de entrenamiento deportivo especializado, en el periodo de referencia que se establece en la convocatoria.
Cuantía de la ayuda:
Línea de actuación I: El importe de las subvenciones será el resultado aritmético de la regla de tres simple de asignar, a la puntuación máxima que se puede obtener (según el sistema de puntos establecido en las bases), el importe máximo que se puede conceder (10.000 €).
Línea de actuación II: El importe de la subvención corresponderá a 30.000 € por entidad beneficiaria. Se procederá al prorrateo proporcional de los importes inicialmente adjudicados a las distintas solicitudes en caso de que el crédito disponible resulte insuficiente para atenderlas.
Plazo de presentación de solicitudes:
La convocatoria finaliza el 13 de febrero de 2023.