PORTAL DEL EMPLEADO
A través del servicio “PORTAL DEL EMPLEADO” podrá cambiar el sistema de entrega de las nóminas a los trabajadores.
No cabe duda que estamos en la era digital y, consecuentemente, debemos modernizarnos. Actualmente, muchas empresas todavía imprimen los recibos de salario para luego entregarlos a sus trabajadores, con el tiempo que pierden en dicha tarea y con inconvenientes como que, meses después, esos mismos trabajadores solicitan, de nuevo, aquellas nóminas de meses pasados, que ya no recuerdan dónde las han guardado, para cualquier gestión administrativa.
Con el este sistema digital que le ofrecemos, podrá hacerles llegar a sus trabajadores las nóminas a través de la aplicación “PORTAL DEL EMPLEADO”, de tal forma que el trabajador podrá visualizar la nómina, descargarla o imprimirla, según prefiera. También podrá consultar, en cualquier momento, las nóminas de mensualidades anteriores.
Además, con dicha aplicación, la empresa no sólo podrá colgar los recibos de salario del trabajador, sino también los certificados de retenciones.
Asimismo, esta aplicación no sólo es operativa para ordenadores, sino que el trabajador podrá descargarse la aplicación en su teléfono móvil o cualquier otro dispositivo.
En fin, este sistema le dará a su empresa una mayor señal de modernización.
Si su empresa estuviera interesada en la contratación de dicha aplicación, no dude en ponerse en contacto con nosotros para explicársela con más detalle.
PORTAL RECURSOS HUMANOS
A través de este programa informático, su empresa podrá establecer una comunicación digital entre empresa, trabajador y asesoría.
Con este sistema, gestionará de forma mucho más sencilla, flexible y segura todas las tareas del departamento de Recursos Humanos, tanto en el área de nómina y administración de personal, como en las tareas propias de gestión de dicho departamento, esto es, formación, evaluación de desempeño o selección de personal.
En definitiva, una herramienta imprescindible para las grandes empresas.
Si su empresa estuviera interesada en la contratación de dicha aplicación, no dude en ponerse en contacto con nosotros para explicársela con más detalle.
PORTAL DEL EMPRESARIO
A través de esta aplicación podrá tener a un click todos los datos laborales de su empresa; número de trabajadores y tipo de contrato, costes laborales, cuantía de las indemnizaciones, datos fiscales, texto del convenio colectivo de aplicación o expedientes de los procedimientos judiciales.
Una herramienta útil para consultar todos los datos laborales de su empresa en su móvil o cualquier otro dispositivo.
Si su empresa estuviera interesada en la contratación de dicha aplicación, no dude en ponerse en contacto con nosotros para explicársela con más detalle.
DOC CLOUD
Servicio a través del cual podremos compartir con nuestros clientes toda la documentación que generemos, tanto en la parte laboral; altas, bajas, liquidaciones, contratos, nóminas, etc.; como en la parte de facturación, subiendo al sistema todas las facturas que emitamos; como en la parte jurídica, compartiendo cualquier documentación relativa a los procedimientos administrativos o judiciales que nos sean asignados.
En definitiva, esta herramienta nos permitirá gestionar, de forma segura, toda su documentación y, utilizando la tecnología cloud se la pondremos a su disposición para que pueda tener acceso a la misma en cualquier momento y lugar, online y app.
COMPLIANCE PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES
La dilatada experiencia de este Despacho de Abogados en el área de la prevención de riesgos laborales, nos viene mostrando, año tras año, la situación de inseguridad en que se encuentran las empresas. En España, el grueso de las mercantiles tienen delegadas las funciones preventivas en Servicios de Prevención Ajenos, de modo que se despreocupan de su obligación principal, integrar la PRL en su organización.
Es por lo anterior, que BLAZQUEZ & ASTORGA presta un servicio de apoyo a las mercantiles en materia de PRL, aunando nuestros conocimientos técnicos en prevención con nuestra experiencia jurídica, para situarlas en una zona de seguridad que, además, reduzca la posibilidad de responsabilidades en materia de sanciones administrativas, recargo de prestaciones, reclamaciones de daños y perjuicios e incluso en responsabilidades penales de las personas físicas.
PLAN DE IGUALDAD
El Real Decreto-Ley 6/2018, obligaba a las empresas a implantar planes de igualdad, aunque no con carácter inmediato, sino estableciendo unos plazos. De tal forma, según el número de trabajadores, el momento en que era obligatorio contar con un plan de igualdad variaba.
Con el Real Decreto 901/2020, a partir de marzo de 2022, cualquier mercantil con 50 trabajadores debe elaborar un plan de igualdad.
En todo caso, los Convenios Colectivos pueden obligar a las empresas a tener que realizar un plan de igualdad, aunque no lleguen al umbral numérico señalado.
Si su empresa estuviera interesada en la contratación de este servicio, no dude en ponerse en contacto con nosotros para presupuestarlo.
REGISTRO SALARIAL
Con la publicación del Real Decreto-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación, se implantaron nuevas obligaciones para las empresas, entre ellas la igualdad retributiva y el registro e información salarial.
Dicha obligación, se amplió con el Real Decreto 902/2020, de forma que todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben registrar el valor medio de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupo profesional, categoría profesional o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
A dicho registro tendrán acceso las personas trabajadoras de la empresa a través de la representación legal de los trabajadores, a quienes se les deberá trasladar dicho registro salarial.
Además, cuando la empresa tenga más de 50 trabajadores y el promedio de trabajadores de un sexo sea superior al otro en un 25% o más, se tendrá que justificar adecuadamente dicha diferencia.
En definitiva, que todas las empresas deben contar con un análisis de sus sistemas y cuantías retributivas, con la finalidad de prevenir y evitar cualquier posible discriminación salarial por razón de sexo.
BLAZQUEZ & ASTORGA, con el fin de que sus clientes se adapten a la nueva normativa, ofrece un servicio consistente en confeccionar el registro salarial de aquellas empresas que prefieran externalizar esta tarea.
Si su empresa estuviera interesada en la contratación de este servicio, no dude en ponerse en contacto con nosotros para presupuestarlo.
PROTOLO ACOSO EN EL TRABAJO
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 48 establece que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención. De tal forma, todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben contar con un protocolo de acoso en el trabajo.
PROTOCOLO DESCONEXIÓN DIGITAL
Todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben contar con una política interna sobre desconexión digital, en virtud del artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 18 del Real Decreto-Ley 28/2020.