Estas ayudas, están destinadas a incentivar el uso de servicios para el desarrollo tecnológico y la innovación por las pequeñas y medianas empresas pymes, en especial, por las pertenecientes a sectores tradicionales no intensivos en innovación.
Beneficiarios:
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las pymes gallegas o con un centro de trabajo en Galicia.
Conceptos subvencionables:
Serán subvencionables los costes de contratación de servicios externos especializados en materia de innovación y desarrollo tecnológico (empresas especializadas en innovación y centros tecnológicos) efectuados desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de la solicitud de la ayuda.
El importe mínimo de gasto subvencionable deberá alcanzar los 10.000€.
Las contrataciones relativas a la prestación de los servicios asociados a los tickets de innovación tendrán que estar realizadas y pagadas dentro del plazo de ejecución, que abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.
Existen seis modalidades de tickets Innova:
a) Estrategia y gestión de la innovación.
- Estudios de viabilidad tecnológica e industria.
- Estudios de vigilancia tecnológica y estado de la técnica.
- Auditoría/consultoría en producto/servicio.
- Estudios de mercado, ensayos, testeo y validación experimental de nuevos prototipos de nuevos productos y/o servicios, procesos piloto, nuevos métodos o materiales.
- Obtención de certificaciones de normas oficiales vinculadas a la actividad innovadora.
- Asesoramiento para la identificación, monitorización y acompañamiento de licitaciones de CPI (compra pública de innovación).
- Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción vinculados a nuevos productos, procesos o servicios diferenciadores.
b) Diseño para la innovación.
- Conceptualización y diseño de nuevos productos y servicios diferenciales.
- Diseño de marca e identidad corporativa.
c) Gestión de la protección del conocimiento de la innovación.
- Asesoramiento en la gestión de la protección del conocimiento de la innovación industrial, patentes, marcas comerciales y diseños industriales, etc.
d) Certificaciones para las deducciones fiscales en I+D+i.
e) Preparación de propuestas a programas y ayudas europeas.
f) Diseño de nuevos procesos o servicios basados en tecnologías digitales emergentes.
- Realidad aumentada, la impresión 3D, la automatización avanzada y robótica, así como internet de las cosas o sistemas inteligentes embebidos.
- Sistemas de inteligencia artificial (inteligencia de negocio, big data y similares).
- Ciberseguridad.
En ningún caso serán subvencionables las actuaciones o actividades habituales de la empresa ni la modificación o adaptación de procesos productivos, productos o servicios existentes que no supongan una innovación.
Cuantía de las ayudas:
Se concederá una ayuda del 80 %, hasta un máximo de 48.000 €, para los gastos realizados por la empresa beneficiaria, de la siguiente forma:
Gasto |
Subvención |
Intensidad |
De 10.000€ hasta 60.000€ |
De 8.000€ hasta 48.000€ |
80% |
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 2025.