Categorías: Ayudas

PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS Y DOMÓTICA ENERGÉTICA AÑO 2020

Será subvencionable la renovación de electrodomésticos y la incorporación de domótica energética en viviendas situadas en Galicia:

ACTUACIÓN 1: PLAN RENOVE DE ELECTRODOMÉSTICOS

Es subvencionable la renovación de electrodomésticos con etiqueta de clasificación energética A+++. Los electrodomésticos subvencionables son:

    Frigorífico y frigorífico-congelador con clasificación energética A+++.

    Congelador con clasificación energética A+++.

    Lavadora A+++.

    Lavavajillas A+++.

    Encimeras de inducción total.

ACTUACIÓN 2: INSTALACIONES DOMÓTICAS ENERGÉTICAS

Son subvencionables las nuevas instalaciones de elementos domóticos energéticos citados en a continuación y la adaptación de instalaciones existentes para su integración efectiva:

  1.   Monitorización térmica de la vivienda (Sensores de humedad, temperatura, CO2 y/o radón y termostatos comunicados con un equipo centralizado).
  2.   Monitorización eléctrica de la vivienda (medidores de consumo, racionalizadores de potencia, actuadores para la programación de encendidos y fotocélulas comunicados con un equipo centralizado).

Para acceder a la subvención hay que entregar el electrodoméstico retirado a un gestor autorizado.

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas que realicen alguna de las actuaciones subvencionables en una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de Galicia. Para ser beneficiario tendrá que tramitar su solicitud a través de alguna de las entidades colaboradoras:

  •     ACTUACIÓN 1: podrán ser entidades colaboradoras los establecimientos comerciales que se dediquen de forma total o parcial a la venta de electrodomésticos y en particular aquellas actividades encuadradas en los siguientes epígrafes: 653.2; 661.1; 661.2; 662.1; 662.2.
  •     ACTUACIÓN 2: las empresas con actividad de instalación de baja tensión, de instalaciones térmicas o empresas proveedoras de soluciones tecnológicas indistintamente. Se exige que estén dadas de alta en la Consellería de Economía, Empleo e Industria como empresas con actividad de instalación de baja tensión, como empresa de instalaciones térmicas en edificios o presentar un CNAE/IAE relacionado con las soluciones tecnológicas

​Las entidades colaboradoras serán las encargadas de presentar la ayuda a las entidades beneficiarias y su posterior justificación.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN:

El plazo de solicitud de adhesión de entidades colaboradoras es desde el 26 de mayo hasta el 30 de julio de 2020.

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 1 de julio de 2020 para la actuación 1 y el 2 de julio para la actuación 2 y finalizará el 30 de septiembre o cuando se agoten los fondos.

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