BONO DE CONTRATACIÓN:
– Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial y la temporal con una duración mínima de 12 meses de las personas desempleadas de larga duración, formalizadas desde el día 16 de octubre de 2018 hasta el día 30 de septiembre de 2019, a jornada completa.
– Bono de formación (opcional) dirigido a personas contratadas por medio de esta orden para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
Podrán ser beneficiarias de los incentivos previstos:
– Personas empleadoras y empresas cualquiera que sea su forma jurídica.
– Personas autónomas.
– Sociedades civiles.
– Comunidades de bienes.
Las empresas que tengan 50 o más trabajadores deberán cumplir con la cuota de reserva (2%) para personas con discapacidad.
No podrán ser beneficiarias:
– Las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
– Los centros especiales de empleo.
– Las empresas de inserción.
– Las entidades de formación.
– Las entidades sin ánimo de lucro.
– Personas o entidades que concurran en alguna de las circunstancias previstas en el Artículo 10 de la Ley de Subvenciones de Galicia, ni aquellas que estén excluidas para acceder a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
Las subvenciones tanto para contratación como para formación previstas serán incompatibles con otras que, por los mismos conceptos, puedan otorgar las administraciones públicas como medida de fomento de empleo o, para el financiamiento de las horas de formación.
Serán compatibles con los incentivos en forma de bonificaciones a la Seguridad Social.
Contratación indefinida inicial:
– Deberá incrementarse el cuadro de personal fijo y neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, respecto a los tres meses anteriores al mes de realización de la contratación por la que se solicita la subvención.
Contratación temporal:
– Duración mínima de 12 meses.
– Deberá incrementarse el empleo neto de la empresa en el ámbito territorial de Galicia respecto a los tres meses anteriores al mes de la contratación.
Las contrataciones indefinidas iniciales se incentivarán con una ayuda de 10.000 €.
Las contrataciones temporales con una duración mínima inicial de 12 meses serán incentivadas con una ayuda de 5.000 €.
Dichas cuantías se incrementarán en un 25% si:
o Tiene más de 45 años.
o Es emigrante retornado.
o Es una persona trans.
o Tiene el centro de trabajo en un ayuntamiento rural.
o Tiene más de 50 trabajadores y una tasa de estabilidad igual o superior al 70%.
o Tiene una actividad perteneciente al ámbito de sectores estratégicos.
Para las contrataciones indefinidas iniciales:
Para las contrataciones temporales con una duración mínima de 12 meses:
BONO DE FORMACIÓN
Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un bono de formación de las personas trabajadoras subvencionadas por medio del programa de bono de contratación. Para esto deberán cumplir los siguientes requisitos:
– La persona que recibe formación y tutorización tiene que ser la misma que participa en el programa de bonos de contratación.
– En cuanto a la duración de la acción formativa será de un mínimo de 70 horas en el caso de contratos indefinidos iniciales y de una duración mínima de 50 horas en el caso de contratos temporales, de formación teórica en contenidos relacionados con el puesto de trabajo al que asista íntegramente la persona trabajadora que participa en este programa.
– Se excluyen la teleformación y a distancia
– La acción formativa tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde el inicio del contrato y deberá estar finalizado el 30 de noviembre de 2019.
– Para las contrataciones realizadas entre el 16 de octubre de 2018 y la fecha de publicación de esta orden, la acción formativa se llevará a cabo en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de su publicación.
Las entidades beneficiarias desarrollarán las acciones formativas a través de medios propios o por medio de su contratación, pudiendo realizarse tanto en las de la entidad encargada de la formación.
Esta formación se incentivará en los contratos indefinidos iniciales con una ayuda de 4.000 euros por cada persona trabajadora dada de alta en un contrato indefinido y de 2.000 euros por cada persona contratada con un contrato temporal inicial con una duración mínima de 12 meses.
El plazo general para la presentación de las solicitudes comienza el día 21 de marzo de 2019 y termina el 30 de septiembre de 2019.
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