Galicia Exporta Digital tiene como objeto apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internalización digital con el fin de potenciar la mejora de la competitividad en los mercados internacionales.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Que sean Pymes.
- Que tengan un centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia, y tengan en el mismo, antes de la solicitud de la ayuda, al menos un trabajador por cuenta ajena.
- Que tengan un importe de facturación, en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda.
- Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013.
- Que estén al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
Gastos subvencionables:
Sólo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 12.000 € y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo, se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca, el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 14.000 € y máximo de 40.000 € en el caso de empresas del sector de la pesca y 25.000 € en el caso de empresas del sector de la producción agraria. En caso de superar este máximo, se procederá a ajustarlo a este límite máximo.
Se subvencionarán los siguientes tipos de gastos:
A. Consultoría.
B. Aplicaciones informáticas.
C. Otros gastos.
D. Costes indirectos
Estos tipos engloban los gastos relacionados a continuación:
A. Consultoría
Serán subvencionables los gastos de consultoría destinados a la elaboración de los siguientes servicios:
- Asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital. Comprende aquellos gastos que se relacionen directamente con la operativa digital internacional, como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import-export en el comercio electrónico. Importe subvencionable máximo: 3.000 €.
B. Aplicaciones informáticas:
Se engloban licencias de programas, desarrollos a medida o adaptaciones. Se excluye el gasto relativo a la renovación de licencias.
- Soluciones tecnológicas P.I.M. (Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multiidioma.
Gasto subvencionable máximo: 6.000 €. - Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información (ERPs).
Gasto subvencionable máximo: 20.000 €. - Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI´s) para el seguimiento y optimización de canales de ventas y de marketing online.
Gasto subvencionable máximo: 20.000 €. - Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento.
Gasto subvencionable máximo: 18.000 €. - Soluciones tecnológicas que faciliten la operativa internacional como, por ejemplo, la creación de suite de firma digital, soluciones de facturación electrónica internacional, soluciones de gestión internacional de tasas u otras soluciones de similar naturaleza.
Importe subvencionable máximo: 18.000 €.
C. Otros conceptos subvencionables
- Creación y adaptación de catálogos en línea para el marketing y las ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C.
Importe subvencionable máximo: 4.000 €. - Creación y adaptación de aplicaciones en línea a medida para el B2B en mercados electrónicos objetivos.
Importe subvencionable máximo: 20.000 €. - Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos los gastos de agencia.
Importe subvencionable máximo: 12.000 €. - Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio en línea. Incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas (incluida la adquisición mediante pago por el uso), su integración, y también su gestión como servicio a vendedores en línea por parte de las agencias.
Importe subvencionable máximo: 6.000 €. c.5) - Creación y adaptación de tiendas en línea, tanto B2C como sistemas de comercio electrónico orientados de la B2B. Gasto subvencionable máximo: 12.000 €.
D. Costes indirectos del proyecto
Costes indirectos del proyecto: serán aquellos costes distintos de los costes directos subvencionables que no pueden vincularse directamente a la actividad subvencionada, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), suministros (comunicaciones, agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, mantenimiento o limpieza.
Cuantía de la ayuda:
La cuantía de la ayuda será de una subvención del 60 % de los costes directos subvencionables.
Plazo de presentación:
El plazo de presentación finaliza el 4 de marzo de 2024 a las 14:00 horas.