El pasado viernes, 24 de octubre, ha sido publicada en el BOE la relación de fiestas laborales para el año 2015.
Las fiestas laborales, que tienen carácter retribuido y no recuperable, no pueden exceder de 14 al año, de las que 2 serán locales.
El próximo año tendremos 7 días festivos de ámbito nacional y no sustituible, que, junto con el 6 de enero, fiesta nacional de la que ninguna comunidad autónoma ha ejercido su facultad de sustitución, harán un total de ocho festivos comunes a todas las comunidades autónomas, uno menos que en el año 2014.
1 de enero |
Año nuevo |
6 de enero |
Epifanía del Señor |
3 de abril |
Viernes Santo |
1 de mayo |
Fiesta del trabajo |
15 de agosto |
Asunción de la Virgen |
12 de octubre |
Fiesta Nacional de España |
8 de diciembre |
La Inmaculada Concepción |
25 de diciembre |
Natividad del Señor |
Se publican también las festividades de las diferentes comunidades autónomas.
En 2015 no se añaden como festivos nacionales el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos) y el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) que coinciden en domingo, si bien los dos lunes siguientes a estas dos fechas, 2 de noviembre y 7 de diciembre, serán festivos en muchas comunidades, pero no en todas. El día 2 de noviembre será fiesta en Galicia; no lo será, en cambio, el 7 de diciembre.
En el año 2012 surgió el debate sobre la necesidad de evitar los “macropuentes”, comenzando una negociación entre el Gobierno y los agentes sociales, para estudiar la posibilidad de que días festivos podían ser trasladados de fecha y cuales no. Ello con el objetivo de hacer más eficaz el calendario laboral y aumentar la productividad.
Dos años después no se ha materializado ningún cambio, aunque en el año 2014 pocos festivos han coincidido entre semana y el año 2015 sigue la misma línea.
Adjuntamos enlace a la resolución de la Dirección General de Empleo en el propio boletín.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/24/pdfs/BOE-A-2014-10823.pdf