Serán subvencionables los proyectos dirigidos a la creación de empleo en zonas rurales mediante ayudas a la primera implantación de actividades económicas no agrarias.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
- Talleres y fábricas destinados a la producción de bienes y materiales.
- Transformación y/o comercialización de determinados productos agrarios.
- Prestación de servicios a empresas en cualquier sector económico.
- Prestación de servicios sociales.
- Actividades de ocio, recreativas y deportivas.
- Artesanía y actividades artesanales.
- Actividades basadas en las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), innovación tecnológica y comercio electrónico.
- Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial, contabilidad, veterinaria.
- Comercio al por menor de determinados productos.
- En el sector de la hostelería, exclusivamente la creación de nuevos restaurantes situados en construcciones patrimoniales singulares (pazos, molinos, patrimonio industrial, pallozas, faros…) que hagan uso del producto de proximidad.
BENEFICIARIOS
- Los titulares o miembros de una unidad familiar de una explotación agraria que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.
- Los autónomos y las microempresas y pequeñas empresas de nueva creación
REQUISITOS
- No haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
- Los gastos y/o inversiones incluidos en el plan de negocio que deberá presentar el solicitante tendrán que estar localizados en el centro de trabajo de la empresa en Galicia.
- Será obligatoria la creación de un mínimo de 1 empleo, bien sea por cuenta propia o indefinido por cuenta ajena.
IMPORTE DE LAS AYUDAS
La ayuda consistirá en una prima cuya cuantía básica se establece en 20.000 euros, y que podrá incrementarse hasta un máximo de 45.000 €.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 08/03/2022 a las 14:00h.