Proyectos subvencionables:
Serán subvencionables los siguientes proyectos emprendedores:
1. Creación o ampliación de pequeñas empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia que a fecha de presentación de solicitud de ayuda no tenga más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de inicio de su actividad (primera alta en IAE).
2. Los proyectos de reemprendimiento, entendiendo como tal, exclusivamente, los autónomos que hubiesen estado de baja continuada de toda actividad económica por cuenta propia durante un periodo igual o superior a 3 años, en estos casos, los 42 meses se contarán respecto a la primera alta en actividad economía por cuenta propia inmediatamente posterior a dicha baja.
Requisitos de los proyectos:
a) Ser técnica, económica y financieramente viables.
b) Ser proyectos completos, es decir, la realización de los gastos e inversiones subvencionables debe dar como resultado la puesta en marcha de la actividad o su ampliación.
c) Deben desarrollarse en Galicia.
d) La solicitud de ayuda deberá presentarse antes del comienzo de proyecto. No se considerará subvencionable si los costes ya están realizados o comprometidos antes de la presentación de la ayuda.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los autónomos y pequeñas empresas que realicen una actividad económica y tengan menos de 42 meses de antigüedad de alta en la actividad en la fecha de solicitud de ayuda.
También pueden ser beneficiarias las sociedades mercantiles, cooperativas, asociaciones y otras entidades con personalidad jurídica propia y las sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica propia, siempre que cuenten con NIF y su constitución esté documentada y presentada la autoliquidación del impuesto de actos jurídicos documentados.
Cuantía de la ayuda:
La subvención a fondo perdido será del 80 % de los costes subvencionables, hasta un máximo de 400.000 €.
Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22/02/2021.