AYUDAS PARA ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EMPRESAS TURÍSTICAS




Incentivos a propietarios de las siguientes edificaciones existentes y construidas con anterioridad al 1 de enero de 2007: hoteles, pensiones, establecimientos de turismo rural, albergues turísticos y apartamentos turísticos.

Estas ayudas se destinarán a la realización de actuaciones de eficiencia energética que impulsen la economía circular en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico. 

Existen 3 tipos de ayudas:

  • Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
  • Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. 

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia, que tengan residencia fiscal en España y se encuadren en alguno de los siguientes colectivos:

 

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto del Acuerdo de 29 de marzo de 2022.

 

Requisitos:

Las actuaciones deberán alcanzar, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % respecto a la situación de partida.
  • La mejora de la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año).

Este último criterio no será de aplicación cuando el edificio acredite tener una calificación energética A.

Cuantía de las ayudas:

La intensidad de la ayuda será la suma de la ayuda base + ayuda adicional que pudiera corresponder, en cada caso:

Tipología de actuación

(% s/coste elegible)

Ayuda base Ayuda adicional
% ayuda base % adicional (eficiencia energética) % adicional

(actuación integrada)

Calificación final A Calificación final B Incremento de 2 o más letras
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica 50% 15% 10% 5% 25%
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas 40% 10% 5% 0% 5-20%
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación 20% 10% 5% 0% 5%

Plazos:

El plazo para solicitar la ayuda finalizará el 30 de marzo de 2023.

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