Incentivos a propietarios de las siguientes edificaciones existentes y construidas con anterioridad al 1 de enero de 2007: hoteles, pensiones, establecimientos de turismo rural, albergues turísticos y apartamentos turísticos.
Estas ayudas se destinarán a la realización de actuaciones de eficiencia energética que impulsen la economía circular en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico.
Existen 3 tipos de ayudas:
- Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
- Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes debidamente constituidas e inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia, que tengan residencia fiscal en España y se encuadren en alguno de los siguientes colectivos:
- Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto del Acuerdo de 29 de marzo de 2022.
Requisitos:
Las actuaciones deberán alcanzar, entre otros, los siguientes requisitos:
- Una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % respecto a la situación de partida.
- La mejora de la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año).
Este último criterio no será de aplicación cuando el edificio acredite tener una calificación energética A.
Cuantía de las ayudas:
La intensidad de la ayuda será la suma de la ayuda base + ayuda adicional que pudiera corresponder, en cada caso:
Tipología de actuación
(% s/coste elegible) |
Ayuda base | Ayuda adicional | |||
% ayuda base | % adicional (eficiencia energética) | % adicional
(actuación integrada) |
|||
Calificación final A | Calificación final B | Incremento de 2 o más letras | |||
Tipo 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica | 50% | 15% | 10% | 5% | 25% |
Tipo 2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas | 40% | 10% | 5% | 0% | 5-20% |
Tipo 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación | 20% | 10% | 5% | 0% | 5% |
Plazos:
El plazo para solicitar la ayuda finalizará el 30 de marzo de 2023.