Subvenciones para iniciativas de emprendimiento de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, que en la fecha de presentación de solicitud de ayuda no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de constitución o alta, así como la fecha de inicio de su actividad económica, en Galicia a través de los siguientes programas:
Ayudas para apoyar la continuidad y la consolidación de iniciativas de emprendimiento de personas autónomas y pymes que tengan una antigüedad máxima de 42 meses, mediante el apoyo de inversiones realizadas.
Este programa tiene por objeto el fomento y la consolidación del empleo por parte de autónomos y pequeñas empresas de nueva creación (máx. 42 meses) para promover la contratación de personas desempleadas, a través de las dos siguientes modalidades de ayuda:
a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.
b) Incentivos a la contratación de fijos discontinuos, para contratos de duración de un mínimo de 9 meses y a jornada completa.
Estos dos programas (inversión y empleo) objeto de la convocatoria, son compatibles entre sí, pero para optar al Programa II Emprendimiento Plus Empleo será necesario solicitar la ayuda a la inversión establecida en el Programa I Emprendimiento Plus Inversión.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras autónomas, las sociedades mercantiles, las sociedades cooperativas y laborales, empresas de inserción, centros especiales de empleo, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, sociedades civiles, etc., siempre que cumplan la condición de pyme.
a) Que se constituyan o den de alta, según la naturaleza jurídica de la entidad que se trate, con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.
b) Que hubieran iniciado su actividad económica con 42 meses de antigüedad como máximo hasta la fecha de presentación de la solicitud.
1. Equipamiento informático.
2. Activos intangibles.
3. Adquisición de bienes de equipamiento y mobiliario.
4. Reforma y habilitación de las instalaciones del local del negocio.
5. Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento o de bienes de equipo de segunda mano.
La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes porcentajes de intensidad en función del rango de inversión total realizada, teniendo en cuenta que la inversión mínima admisible será de 10.000 euros:
Rango de inversión | % de inversión subvencionable |
Entre 10.000€ y 30.000€ | 60% |
Entre 30.001€ y 50.000€ | 55% |
Entre 50.001€ y 100.000€ | 50% |
Entre 100.001€ y 200.000€ | 45% |
a) Incentivos a las contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas: incentivo de 6.000€
b) Incentivos a la contratación de fijos discontinuos, para contratos de duración de un mínimo de 9 meses y la jornada completa: incentivo de 6.000€
El plazo de presentación finaliza el 17 de agosto de 2023.
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