Entidades beneficiarias:
- Personas físicas (autónomos) y personas jurídicas, constituidas como productoras audiovisuales independientes.
- Dadas de alta con una antigüedad mínima, sin interrupciones, de un año en el epígrafe IAE 961.1. (Producción de películas cinematográficas (incluso videos)).
- Con sucursal u oficina permanente, de por lo menos un año previo a esta convocatoria, en Galicia, un Estado miembro de la UE o que forme parte del Área Económico Europea
- Que desarrollen su actividad habitual en Galicia.
- Comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa
Los beneficiarios deberán tener un acuerdo precontrato con un director y/o guionista para el desarrollo de cada uno de los proyectos que integran el paquete de propuestas.
Adicionalmente, dependiendo del número de proyectos que integra el paquete de propuestas objeto de subvención, deberán cumplir una serie de condiciones complementarias.
Periodo subvencionable:
Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta el 15 de junio de 2023.
Este periodo podrá ser ampliable en función de la disponibilidad del crédito.
Cuantía de la ayuda:
Los paquetes de propuestas objeto de subvención deberán contener entre tres y cinco proyectos individuales e independientes entre sí.
La cuantía máxima de ayuda es de 150.000€, quedando establecidas las siguientes cuantías máximas por proyectos individual:
Finalidad de la obra | Modalidad | Cuantía máxima |
Obras cinematográficas | Proyecto de largometraje de animación | 30.000€ |
Proyecto de largometraje de ficción | 25.000€ | |
Proyecto de largometraje documental | 15.000€ | |
Obras audiovisuales para TV y plataformas | Proyecto de serie de ficción o animación | 30.000€ |
Proyecto de serie documental | 20.000€ |
La intensidad de la ayuda es del 100% del gasto subvencionable.
Actividades subvencionables:
- Serán objeto de subvención aquellos paquetes de propuestas en los que se incluyan entre tres y cinco proyectos audiovisuales individuales e independientes entre sí sobre los que realizar tareas de preproducción, entendiendo como tales la elaboración de guiones y el desarrollo de las obras audiovisuales que tienen como destino último la distribución cinematográfica o la difusión en televisión y/o plataformas de servicios de vídeo bajo demanda de ámbito nacional e internacional.
Dichos proyectos se deberán poder encuadrar en alguna de las tipologías siguientes:
– Proyectos de largometraje cinematográfica previstos para tener una duración mínima de 60 minutos, de ficción, animación o documental de carácter creativo.
– Proyectos de series de ficción previstos para tener una duración total mínima de 150 minutos.
– Proyectos de series de animación previstos para tener una duración total mínima de 100 minutos.
– Proyectos de series documentales previstos para tener una duración total mínima de 100 minutos.
- Serán subvencionables los trabajos de desarrollo relacionados con los proyectos que integran el paquete de propuestas desde su creación hasta la fase de producción de los mismos, y se lleven a cabo dentro del período subvencionable establecido.
Plazo de presentación
Del 26 de enero de 2022 al 25 de marzo de 2022