Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en Galicia.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que estén
dadas de alta en el RETA o en el régimen de trabajadores del mar como personas
trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas; también pueden ser beneficiarias las personas miembros de las sociedades mercantiles, laborales y civiles y comunidades de bienes, a título individual, siempre tengan su domicilio fiscal y desarrollar su actividad empresarial o profesional en la CCAA de Galicia.
Los tres tipos de ayudas reguladas en esta orden, bono autónomo Concilia I, Concilia II y Concilia III serán compatibles entre sí.
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 29 de septiembre de 2023.
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