Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral como medida de fomento de la corresponsabilidad para las personas trabajadoras y las familias monoparentales que, entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, tengan una situación de reducción de su jornada de trabajo para el cuidado de hijos e hijas, siempre que se cumplan los requisitos y condiciones establecidos en esta resolución.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las personas físicas que desde el 1 de julio de 2019 y hasta el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, se acojan a la medida de reducción de jornada para el cuidado de un hijo o hija menor de tres años, o menor de 12 años en el supuesto de que padezca una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33% y, que reúnan los siguientes requisitos:
Para obtener la condición de beneficiarias, las personas solicitantes deberán cumplir todos los requisitos, condiciones y deberes establecidos en esta convocatoria y en la normativa general de subvenciones, en particular los siguientes:
En ningún caso podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas progenitoras privadas de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guardia fue asumida por una institución pública.
El período máximo subvencionable, continuado o fraccionado, será de ocho meses (8) comprendidos entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive. Para tener derecho a la ayuda deberá mantenerse la situación de reducción de jornada durante un mínimo de 60 días naturales ininterrumpidos.
La cuantía de esta ayuda se determinará en función de porcentaje de reducción de la jornada laboral y de su duración, en atención al nº de hijos e hijas a cargo de la persona solicitante.
1º. Con 1 hijo o hija a cargo: 1.700 euros.
2º. Con 2 hijos o hijas a cargo: 2.000 euros.
3º. Con 3 o más hijos o hijas a cargo: 2.300 euros.
1º. Con 1 hijo o hija a cargo: 2.800 euros.
2º. Con 2 hijos o hijas a cargo: 3.100 euros.
3º. Con 3 o más hijos o hijas a cargo: 3.400 euros.
1º. Con 1 hijo o hija a cargo: 3.100 euros.
2º. Con 2 hijos o hijas a cargo: 3.400 euros.
3º. Con 3 o más hijos o hijas a cargo: 3.700 euros.
Para el cómputo del número de hijos e hijas, se tendrán en cuenta únicamente los hijos e hijas menores de 12 años, incluidos aquellos por los que se solicita la reducción de jornada.
La cuantía de la ayuda se reducirá proporcionalmente cuando el período subvencionable sea inferior a 8 meses.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 13 de julio de 2020.
Es innegable que, en la actualidad convivimos en un escenario empresarial dominado por la necesidad de reducción de costes, aumento…
Explicamos las cuestiones más destacadas sobre el cese de actividad de los autónomos y las reclamaciones que están recibiendo estas…
Este Programa tiene como objetivo impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de…
Con vigencia desde el 10-10-2024, se ha publicado el desarrollo de las medidas para la igualdad y la no discriminación…
Cuando una persona trabajadora sufre un accidente laboral o se le diagnostica una enfermedad profesional, es crucial que considere las…
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LAS PERSONAS EMPLEADAS DE HOGAR Con vigencia desde el 12-9-2024, se ha publicado en el…