OBJETO
Subvenciones para minimizar el impacto económico y apoyar el mantenimiento del empleo en los establecimientos de ocio nocturno de Galicia que permanecieron cerrados desde las 00:00 horas del día 31 de diciembre de 2021 hasta las 03:00 horas del día de 3 de enero de 2022.
BENEFICIARIOS
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas y entidades físicas y jurídicas, con domicilio en Galicia que desarrollen la actividad económica de un establecimiento de ocio nocturno y que se acogieron al cierre opcional desde las 00:00 h del día 31 de diciembre hasta las 3:00 horas del día 3 de enero de 2022.
Se entenderá por establecimientos de ocio nocturno las discotecas, pubs, cafés espectáculo, salas de fiestas, salas de conciertos, café concierto, café teatro, café cantante y tablado flamenco. También se incluyen los karaokes y cafés de categoría especial.
REQUISITOS
- Tener domicilio en Galicia
- Encontrase de alta en la actividad económica como mínimo desde el 1 de noviembre de 2021 y, en el caso de autónomos estar de alta desde la misma fecha.
- El establecimiento debió permanecer cerrado desde las 00:00 h del 31 de diciembre de 2021 hasta las 3:00h del día 3 de enero de 2022 y no haber adelantado o retrasado a otras fechas las fiestas o eventos.
- Realizar la comunicación previa conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consellería de Sanidad de 29 de diciembre de 2021.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias y prohibiciones establecidas en la Ley de Subvenciones de Galicia.
- No tratarse de autónomos o empresas en crisis a 31 de diciembre de 2019.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
El importe de la ayuda se determinará por establecimiento de ocio nocturno y en función de los metros cuadrados del local conforme a la siguiente escala:
- Establecimiento de ocio nocturno de menos de 100 metros cuadrados: 2.500 €.
- Establecimiento de ocio nocturno de más de 100 y hasta 250 metros cuadrados: 5.500 €.
- Establecimiento de ocio nocturno de más de 250 y hasta 500 metros cuadrados: 9.000 €.
- Establecimiento de ocio nocturno de más de 500 y hasta 700 metros cuadrados: 14.000 €.
- Establecimiento de ocio nocturno de más de 700 y hasta 2.000 metros cuadrados: 27.000 €.
- Establecimiento de ocio nocturno de más de 2.000 metros cuadrados: 45.000 €.
El período de referencia para las ayudas reguladas en esta orden será desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 15 de marzo de 2022