¿Cómo afecta el modelo 145 a las retenciones de IRPF?
Las retenciones de IRPF son las cantidades que se deducen todos los meses de las nóminas en previsión de los impuestos que deberá pagar el trabajador al hacer la declaración de la renta. Se trata de un adelanto que se hace a la Agencia Tributaria como fórmula para que el Estado garantice dicha obligación de los contribuyentes.
Para que la empresa lleve a cabo dichas retenciones en nómina, debe solicitar al trabajador que realice una declaración de su situación personal/familiar actual a través del Modelo 145 (comunicación de datos al pagador para el cálculo de las retenciones de IRPF).
Como norma general, esta comunicación de datos a la empresa debe efectuarse en el momento de la formalización del contrato de trabajo, sin perjuicio de que, si se produce alguna variación posterior, el trabajador también deberá comunicarla.
Es por lo anterior, que desde BLAZQUEZ & ASTORGA aconsejamos a las empresas que no lo hayan hecho, soliciten a sus empleados que informen si se han producido cambios respecto al Modelo 145 con el que cuente la empresa.
En la notificación que les realice a sus empleados, les puede advertir que si sus circunstancias personales y familiares no han cambiado respecto al año anterior, no es necesario que entreguen un nuevo Modelo 145.
También se debe indicar a los trabajadores, que si se producen variaciones a lo largo del año, y siempre y cuando éstas supongan un mayor tipo de retención, se deberán comunicar a la empresa en el plazo de 10 días desde que tales circunstancias se produzcan, al objeto de modificar las retenciones a la mayor brevedad posible.
La responsabilidad de los trabajadores
Asimismo, deben saber sus empleados que si alguno de ellos entrega un modelo 145 con datos que no son ciertos (por ejemplo, que su cónyuge no obtiene rentas) para disfrutar de una menor retención, la empresa calculará la retención según esos datos facilitados, pero el responsable ante la Agencia Tributaria será, en todo caso, el propio trabajador, con el riesgo de exponerse a una sanción del citado organismo.
Finalmente, si algún trabajador no entregara el modelo 145, la empresa deberá calcular su retención considerando que su situación familiar es la 3 (soltero y que no tiene hijos, ni ascendientes a su cargo).
En definitiva, a efectos de calcular las retenciones de los trabajadores es recomendable solicitar a los empleados que verifiquen los datos ofrecidos en el Modelo 145, y, en su caso, que los actualicen.
Para terminar, recordarles que, a efectos de acreditar que se han realizado las retenciones según la información facilitada por los trabajadores, recomendamos conservar las comunicaciones firmadas que estos hayan realizado, así como los justificantes que les hayan adjuntado (por ejemplo, el testimonio de la resolución judicial determinante de la pensión compensatoria a su cónyuge o de la pensión por alimentos a favor de los hijos).
Como siempre, quedamos a su disposición para aclararles cualquier duda o cuestión que pueda surgirles al respecto.